¡Suiza inicia el intercambio internacional de información criptográfica en 2026!

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Suiza introducirá el intercambio automático de información sobre criptoactivos en 2026 para mejorar el cumplimiento fiscal.

¡Suiza inicia el intercambio internacional de información criptográfica en 2026!

El 6 de junio de 2025, el Consejo Federal Suizo dio un paso importante hacia la regulación de los criptoactivos. El proyecto de ley adoptado tiene como objetivo introducir el intercambio automático de información sobre criptoactivos. Está previsto que esta medida entre en vigor a partir del 1 de enero de 2026, con el primer intercambio de datos previsto para 2027. Este paso sigue a una resolución del 19 de febrero de 2025, que estableció la base jurídica para el intercambio automático de información en el ámbito de los criptoactivos. El proyecto está actualmente siendo examinado por el Parlamento antes de que pueda finalizarse.

Un aspecto central del proyecto de ley es la cooperación con los estados socios internacionales. Según la información de Cointelegraph La lista de estados socios incluye 74 naciones, incluidos todos los estados miembros de la UE, el Reino Unido y la mayoría de los países del G20. Sin embargo, quedan excluidos Estados Unidos, Arabia Saudita y China. Los datos solo se intercambiarán si los estados socios muestran interés y cumplen con los requisitos del Marco de informes de criptoactivos (CARF) de la OCDE.

Mecanismos y requisitos de prueba.

Antes de que pueda realizarse el intercambio de datos, el Consejo Federal se asegurará de que los estados socios participantes sigan cumpliendo los requisitos del CARF. Esto es particularmente importante para garantizar la transparencia y el cumplimiento tributario. Un mecanismo de verificación existente para el intercambio automático de información en el ámbito de la información de cuentas financieras también se extenderá a los criptoactivos.

El CARF, desarrollado por la OCDE, exige que los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) recopilen información completa sobre sus usuarios. Esto incluye no sólo los datos personales, sino también el domicilio fiscal y el número de identificación fiscal. Estos datos recopilados deben informarse a las autoridades fiscales nacionales de los respectivos países. Esta información luego se intercambia con las autoridades tributarias de otros países, lo que tiene como objetivo apoyar aún más el cumplimiento tributario. Para obtener información detallada sobre estos requisitos, consulte el informe completo de Deloitte referido.